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Al avalar acumulación de expedientes, dejan en firme sanción a la ETB por quejas de 181 usuarios (8:35 a.m.)

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11 de Marzo de 2014

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El Consejo de Estado confirmó la sanción impuesta mediante la Resolución 4948 del 2001, dictada por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de 452,5 salarios mínimos mensuales, por quejas presentadas por 181 usuarios de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB S.A. ESP), originadas en hechos ocurridos en los años 1998 y 1999. Para el alto tribunal, de conformidad con el artículo 29 del Código Contencioso Administrativo, aplicable al caso, es posible acumular de oficio en un solo expediente las actuaciones que tengan el mismo efecto y una relación íntima, a fin de evitar decisiones contradictorias, pues todas las quejas o denuncias constituían documentos relacionados con actuaciones que tenían el mismo efecto y tenían relación íntima entre ellas, ya que se trataba de peticiones de usuarios de una misma empresa de servicios públicos domiciliarios relacionadas con el servicio que esta les prestaba, concluyó la corporación (C.P. María Claudia Rojas Lasso).

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