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Administrativo


Administración puede responder por daños en espectáculos públicos

La Policía debe impedir cualquier alteración del orden en estos espectáculos e intervenir cuando se presente.
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30 de Marzo de 2012

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Foto: Thinkstock

 

 

Los daños causados en la celebración de espectáculos públicos son imputables a la administración, en cabeza de las autoridades de policía, si se comprueba el daño, la violación de normas cuyo acatamiento evita su producción y el nexo causal entre la actuación u omisión y los perjuicios.

 

Así lo precisó el Consejo de Estado, al recordar que el cuerpo de policía debe impedir cualquier alteración del orden en estos espectáculos e intervenir oportuna y eficazmente cuando se presente.

 

Con estos argumentos, la Sección Tercera declaró responsables a la Policía Nacional y al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla por la muerte de un menor en un concierto gratuito que ofrecieron, en 1996, Shakira y la agrupación Vilma Palma e Vampiros.

 

Aunque la víctima falleció tras ser pisoteada y lesionada por particulares que no pudieron entrar al evento, esta conducta no eximía a la Policía del cumplimiento de sus obligaciones, advirtió el Consejo.

 

Dada la magnitud del espectáculo, de los artistas y el carácter gratuito del evento, era predecible la asistencia masiva. Por lo tanto, la Policía debía adoptar medidas de protección especiales, concluyó.

 

 

(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 08001233100019970192501 (22318), ene. 30/12, C. P. Stella Conto Díaz del Castillo)

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