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Acto administrativo particular y concreto que se deriva de uno general declarado nulo recibe los mismos efectos (9:09 a.m.)

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21 de Enero de 2010

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El Consejo de Estado recordó que el acto administrativo particular y concreto que se deriva de uno general que fue declarado nulo recibe desde su misma creación los mismos vicios del acto original, por lo que carece de causa jurídica y debe ser retirado del orden jurídico. La corporación indicó que la declaratoria de nulidad de un acto administrativo hace que se retrotraigan las cosas al estado inicial, como si el acto nunca hubiera existido. De tal forma que si ese acto nunca tuvo vigencia, tampoco lo tienen los actos administrativos derivados (C.P. Gustavo Eduardo Gomez Aranguren).

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