Visto bueno a norma que implementó semana de receso estudiantil en octubre
22 de Abril de 2024
El Consejo de Estado negó las pretensiones de nulidad del Decreto 1373 del 2007, mediante el cual el Gobierno Nacional dispuso incorporar en el calendario académico de los centros de educación pre escolar, básica y media cinco días de receso estudiantil en la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el “descubrimiento de América”.
La Sala encontró que el acto administrativo no es nulo, comoquiera que fue expedido por el Ministerio de Educación, entidad competente para ello y que reguló el servicio de educación.
La Corporación aclaró que los efectos que pudo tener la incorporación de la semana de receso estudiantil en el sector del turismo (unos la aprovechan para salir de vacaciones, otros para compartir en familia o exclusivamente como un tiempo de descanso para los alumnos, en su mayoría el caso de los colegios de calendario A, que según datos del Ministerio de Educación corresponde al 90 % de los colegios en Colombia) no puede ser una causal de nulidad del acto acusado.
Corresponden a funciones constitucionales y legales atribuidas al Gobierno definir el calendario académico. Sumado a ello, indicó que la norma cuestionada reglamenta de manera transversal una situación aplicable a los centros educativos de preescolar, básica y media sin distinguir entre niveles sociales o económicos, es decir, otorga un tratamiento igualitario.
Conforme a lo anterior, para la Sala, no le asiste razón al demandante cuando afirma que la decisión de incorporar la semana fue reglamentar el sector turismo, ni que se decretó un auxilio o donación a favor de particulares o personas jurídicas que se dedican a la actividad del turismo y que por ello se excedió en la competencia (C. P.: Oswaldo Giraldo López).
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