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Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


¿Administración debe motivar acto que declara insubsistente a funcionario que ocupaba cargo en provisionalidad?

22 de Septiembre de 2020

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Nota:
117533
A la luz de las sentencias SU-917 del 2010, T-221 del 2014 y SU-054 del 2015, la Administración tiene el deber de motivar todos los actos administrativos por medio de los cuales se declara insubsistente a un funcionario que haya ocupado un cargo en provisionalidad. Así lo precisó la Sección Primera del Consejo de Estado al decidir una acción de tutela. Acorde con ello, también enfatizó que cuando una autoridad judicial afirma que no existe el deber de motivación en estos eventos y con fundamento en ello se abstiene de anular esos actos, da lugar a que se configure el desconocimiento del precedente constitucional como una causal específica de procedibilidad de la tutela contra providencias judiciales, por no respetar la ratio decidendi, que ha sido sólida, reiterada y uniforme. Igualmente aseguró, conforme con lo establecido por la Corte Constitucional, que este deber se constituye como una garantía constitucional del derecho fundamental al debido proceso y de respeto de la cláusula del Estado de derecho (C. P. Hernando Sánchez Sánchez).

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