Además del control de tutela, la Supersalud está sujeta a controles disciplinario, fiscal y penal de los entes de control (4:29 p.m.)
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27 de Marzo de 2015
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El principio de la descentralización administrativa no es absoluto, pues el vínculo con el poder central se mantiene a través del control de tutela, que es desarrollado con actividades de orientación, control y evaluación general. Sin embargo, este control que ejercen, por ejemplo, los ministerios sobre sus entidades adscritas o vinculadas, no permite que la entidad cabeza del sector administrativo pueda asumir la función que en un determinado momento esté siendo incumplida por la entidad sujeta a control, pues su gestión se limita a las actividades mencionadas, precisó el Ministerio de Salud. No obstante, dichas entidades están sujetas a otros tipos de control, como el disciplinario, fiscal y penal. En el caso de la Superintendencia Nacional de Salud, además del control de tutela que ejerce Minsalud, está sujeta al control disciplinario que ejerce la Procuraduría General de la Nación, al fiscal a cargo de la Contraloría General de la República y, finalmente, la Fiscalía General de la Nación investiga los delitos y acusa a los presuntos infractores, de oficio o mediante denuncia.
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