Actos de ejecución pueden ser demandados excepcionalmente (8:45 a. m.)
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07 de Octubre de 2014
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Bajo el artículo 91 de la Ley 9 de 1989, la acción de nulidad y restablecimiento del derecho procede contra los actos administrativos de extinción de dominio. Al respecto, la Sección Tercera del Consejo de Estado reiteró que, en principio, los actos de ejecución no son objeto de acción judicial, salvo que con aquella se vaya más allá de lo dispuesto en los actos ejecutados, es decir, se incorporen nuevos puntos de decisión, pues, en tal caso, surge un nuevo acto administrativo (C. P. Ramiro Pazos).
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