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Entidades de salud deberán implementar facturación electrónica

La circular prohíbe expresamente la aplicación de auditorías previas sin justificación.
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10 de Marzo de 2025

El Ministerio de Salud y Protección Social, en conjunto con la Superintendencia Nacional de Salud, emitió una circular con el propósito de reforzar el cumplimiento de la normativa vigente en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). La directriz exige a los actores del sistema actualizar sus plataformas para la radicación de cuentas conforme a estándares específicos, con el fin de optimizar los procesos administrativos y garantizar un mejor servicio a los ciudadanos.

Entre los principales lineamientos establecidos se destaca la obligatoriedad de implementar la facturación electrónica de venta en salud (FEV) y utilizar el mecanismo de validación del registro individual de prestación de servicios (RIPS). Se busca mejorar la transparencia y eficiencia operativa, evitando obstáculos administrativos o económicos que puedan afectar la prestación de medidas oportunas de los servicios de salud. (Lea: Mintrabajo establece medidas contra la discriminación LGBTIQ+ en el ámbito laboral)

Asimismo, la circular prohíbe expresamente la aplicación de auditorías previas sin justificación, la exigencia de soportes adicionales para la radicación de cuentas y la formulación de glosas fuera de los tiempos establecidos por la ley. Estas disposiciones pretenden agilizar los procesos y evitar prácticas que puedan perjudicar a los usuarios del sistema de salud.

La cartera enfatizó que el incumplimiento de estas normativas acarreará sanciones impuestas por la Supersalud. Con estas medidas, se busca garantizar que las entidades del sector cumplan con su obligación de prestar servicios de manera eficiente y sin restricciones indebidas.  

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