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Mineducación debe fortalecer acompañamiento para asignar docentes en zonas rurales

Según los tutelantes, la escuela más cercana queda a una distancia desde sus lugares de residencia de dos horas o más.
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Rector del establecimiento educativo podrá permitir su uso a terceros, de manera gratuita u onerosa (Secretearía de Educación)

07 de Mayo de 2025

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Si bien se configuró la carencia actual de objeto por hecho superado, ya que durante el trámite de revisión de tutela la accionada asignó un docente a la sede educativa rural, la Corte Constitucional resaltó la importancia de garantizar la continuidad y permanencia del servicio educativo en todas las regiones y especialmente en las zonas más apartadas del país.

En ese sentido, revocó el fallo de instancia e instó a las autoridades accionadas para que comprendan el derecho a la educación de los menores de edad conforme al interés superior, con especial consideración al entorno rural en el que habitan y para que se abstengan de imponer cualquier tipo de barrera que obstaculice la continuidad y permanencia en el acceso a la educación.

Así mismo, instó al Ministerio de Educación a fortalecer el acompañamiento técnico a las entidades territoriales certificadas en la adopción de criterios diferenciados para la asignación de docentes en zonas rurales, garantizando la continuidad y permanencia en la prestación del servicio educativo.

El alto tribunal examinó la acción de tutela promovida por un grupo de padres de familia en nombre de sus hijos menores de edad, frente al presunto desconocimiento del derecho fundamental a la educación por parte de la accionada al no asignar un docente para el centro educativo en el que estudian sus hijos, con el argumento de no cumplir con un mínimo de estudiantes.

Según los tutelantes, la escuela más cercana queda a una distancia desde sus lugares de residencia de dos horas o más, entre otras dificultades que se presentan en el camino a otra institución educativa, situación que no fue refutada y, por el contrario, fue reconocida por la accionada (M. P. Vladimir Fernandez Andrade).

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