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Criterios de admisión en universidades deben ser objetivos, razonables y no discriminatorios

Protegen derecho a la educación de mujer a quien se le negó acceso para convalidar su título de abogada.
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Así sería la reglamentación de la política de gratuidad para las universidades públicas (Freepik)

21 de Marzo de 2025

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Las universidades, en ejercicio de su autonomía, no pueden imponer barreras arbitrarias que restrinjan el acceso a la educación superior. Por lo tanto, deben garantizar a los estudiantes el ingreso en igualdad de condiciones a un proceso de admisión y, en caso de ser admitidos, permitir el acceso a sus programas académicos, según su normativa interna, indicó la Corte Constitucional.

Dicha autonomía, consagrada en el artículo 69 de la Constitución Política, es una garantía que permite a las universidades autorregularse. Sin embargo, esta no es absoluta, pues está sujeta a la Constitución, derechos fundamentales y principios como razonabilidad, proporcionalidad y no arbitrariedad. Las universidades pueden definir criterios de admisión y reglamentos internos, siempre que estos sean objetivos, razonables y no discriminatorios.

La universidad accionada vulneró el derecho a la educación de la accionante al impedirle presentarse al proceso de admisión con el argumento de estar ajustando un procedimiento interno para la convalidación de títulos. La accionante requería cursar unas asignaturas para solicitarle al Ministerio de Educación la convalidación de su título de abogada.

Dicha restricción fue injustificada, señaló el alto tribunal, pues la universidad ya contaba con los medios para que la accionante cumpliera con el requisito especial de convalidación de su título, pues su plan de estudios incluía las áreas requeridas y su programa de Derecho cuenta con registro calificado vigente. Adicionalmente, se vulneró el derecho de petición al pronunciarse sobre aspectos diferentes a lo solicitado y omitir el requerimiento realizado.

Se ampararon los derechos a la educación y petición y, por ende, se le ordenó a la accionada permitir a la tutelante, si ella lo desea, acceder al proceso de admisión para el pregrado en Derecho. Para ello, se le debe informar todo lo relacionado con el proceso de admisión y, en caso de ser admitida, permitirle cursar las áreas que requiere para la convalidación de su título (M. P. Vladimir Fernández Andrade). 

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