Las entidades territoriales carecen de competencia para crear, incrementar o suprimir un factor prestacional o salarial (5:03 p.m.)
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05 de Agosto de 2010
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El Consejo de Estado indicó que existe una competencia concurrente para fijar el régimen salarial de los empleados de las entidades territoriales. En esa medida, el Presidente de la República tiene la atribución única y exclusiva de fijar los límites máximos de los salarios y prestaciones de los empleados de las entidades territoriales, pero de acuerdo con los parámetros y principios que fije el Congreso. De igual forma, las asambleas y concejos fijan las escalas de remuneración de los cargos de sus dependencias, mientras los gobernadores y alcaldes tienen en cuenta estas normas para establecer las asignaciones económicas. La Sección Segunda advirtió que las autoridades y corporaciones territoriales carecen de competencia para crear, incrementar o suprimir un emolumento o factor prestacional o salarial. Por ello, inaplicó varias ordenanzas de la Asamblea Departamental de Santander que crearon la prima de antigüedad para cargos administrativos del sector salud (C.P. Víctor Hernando Alvarado Ardila).
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