Venta de comidas está sujeta a IVA, independientemente de que sus componentes sean excluidos (2:55 p.m.)
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14 de Agosto de 2013
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El Consejo de Estado precisó que la venta de comidas está sujeta al impuesto sobre las ventas (IVA), independientemente de que los componentes del producto sean excluidos, de que sea vendida a domicilio o para ser llevada por el comprador o para ser consumida dentro del establecimiento, porque constituye servicio de restaurante de acuerdo con la definición prevista en el artículo 9º del Decreto 422 de 1991 (C. P. Martha Teresa Briceño).
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