22 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


¿Traslado de cotizaciones entre regímenes pensionales está sujeto a retención?

03 de Octubre de 2024

Reproducir
Nota:
207941

Se consultó a la Dian si el traslado de cotizaciones a un fondo de pensiones voluntarias derivado del cambio del régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS) al régimen solidario de prima media con prestación definida (RPM) se considera un retiro para fines diferentes a una mayor pensión o un retiro anticipado, y si esto lo haría sujeto a retención.

Para la autoridad tributaria, el traslado de cotizaciones derivado del cambio del RAIS al RPM se considera un retiro y está sujeto a retención.

Vale recordar que el artículo 55 del Estatuto Tributario señala que las cotizaciones voluntarias al RAIS son un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional. Además, que su retiro se considera renta líquida gravable para el aportante. Por lo tanto, estarán sujetas a retención en la fuente a la tarifa del 35 % por parte de la respectiva administradora.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)