Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Texto del fallo que previó que el impuesto al patrimonio creado por la emergencia económica solo se aplicará a supuestos ocurridos después del Decreto 4825 (4:46 p.m.)

74290

13 de Junio de 2011

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Corte Constitucional dio a conocer el texto del fallo que declaró exequible el Decreto 4825 del 2010, en el que se adoptaron medidas tributarias para afrontar la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Decreto 4580 del 2010. Según el alto tribunal, la creación de un nuevo impuesto y la imposición de una sobretasa a uno ya existente buscan recaudar nuevos recursos para que el Estado atienda a las víctimas de la calamidad pública por la ola invernal y se puedan adelantar los urgentes proyectos que se necesitan para controlar la extensión de sus efectos. Sin embargo, la corte declaró la exequibilidad condicionada del artículo 5° del decreto, en el entendido de que los procesos de escisión, las constituciones y los fraccionamientos a que se refieren los parágrafos serán los ocurridos el 30 y 31 de diciembre del 2010 (M.P. Mauricio González Cuervo).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)