Texto del fallo que declaró exequible la sanción por omisión en la declaración informativa de operaciones con vinculados económicos del exterior (2:41 p.m.)
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23 de Junio de 2010
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La Corte Constitucional dio a conocer el fallo que declaró exequibles apartes del artículo 260 del Estatuto Tributario, en los que se establecen las sanciones aplicables a aquellos contribuyentes del impuesto de renta que, estando sometidos al deber formal de presentar una declaración informativa anual de las operaciones realizadas con vinculados económicos no residentes fiscalmente en Colombia, lo hacen con retardo o con posterioridad al emplazamiento que realiza la autoridad, corrigen la declaración inicialmente presentada o no la presentan en el mes siguiente al emplazamiento que realice la autoridad tributaria. Según el alto tribunal, las sanciones garantizan el principio de legalidad y no vulneran el criterio de progresividad. Por el contrario, este cuadro de sanciones busca controlar que el comportamiento tributario de los vinculados económicos internacionales tome siempre como referencia el mercado y no se sustente en decisiones tributarias unilaterales por fuera del mismo, afirmó la corte (M.P. Nilson Pinilla Pinilla).
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