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Teléfonos móviles inteligentes no están excluidos del IVA (4:00 p.m.)

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22 de Agosto de 2013

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Los dispositivos móviles inteligentes excluidos del impuesto sobre las ventas (IVA), conforme con lo dispuesto en el numeral 9° del artículo 424 del Estatuto Tributario, son los que cumplen con las siguientes características: teclado completo, táctil o físico; operan sobre sistemas operativos estándares actualizables, tienen capacidad de procesamiento y cómputo, permiten la navegación en internet, tienen conectividad WIFI y tienen acceso a tiendas de aplicaciones y soportan las aplicaciones hechas por terceros, determinó el Ministerio de Hacienda. Así mismo, la entidad aclaró que no se consideran dispositivos móviles inteligentes y, por ende, no están excluidos del impuesto, los que tienen como función principal la prestación del servicio de telefonía móvil.

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