Sociedades pueden establecer estatutariamente más de un cierre contable (4:58 p.m.)
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14 de Noviembre de 2012
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Si no se pactan en los estatutos las fechas de los cierres contables, las cuentas deben cerrarse el 31 de diciembre. En este evento, corresponde a los administradores elaborar el inventario y el balance general, que será sometido a consideración de la asamblea general de accionistas, convocada dentro de los tres primeros meses del año siguiente, indicó la Superintendencia de Sociedades. Por el contrario, si se pactan varios cierres estatutariamente, es obligación elaborar el inventario y el balance general con corte a las fechas determinadas.
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