Servicio de vigilancia prestado a las EPS no está excluido de IVA: DIAN (2:10 p.m.)
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10 de Septiembre de 2015
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El servicio de seguridad y vigilancia prestado a las entidades promotoras de salud no está excluido del impuesto sobre las ventas, ya que no hace parte del conjunto básico de servicios de atención en salud a que tiene derecho el afiliado y que son propios del plan obligatorio de salud, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Adicionalmente, indicó que el artículo 462-1 del Estatuto Tributario señala expresamente que los servicios de vigilancia están gravados con el tributo.
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