RUT que se debe adjuntar para no pagar la contribución especial prevista en la Ley 142 de 1994 no puede superar 30 días (3:35 p.m.)
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08 de Agosto de 2012
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De acuerdo con el parágrafo del artículo 4 del Decreto 4956 del 2011, por el cual se reglamenta la eliminación de la contribución a cargo de usuarios industriales de gas natural, la copia del registro único tributario (RUT) que debe adjuntarse a la solicitud del beneficio previsto en el artículo 102 de la Ley 1450 del 2011, relacionado con el no pago de la contribución especial del numeral 89.5 del artículo 89 de la Ley 142 de 1994, no puede tener una vigencia superior a 30 días de la fecha de la solicitud, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en oficio de junio. La fecha de expedición del RUT será la de generación del documento, que aparece en la parte inferior derecha del mismo.
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