Revocatoria directa puede cumplirse en cualquier tiempo, inclusive con actos administrativos en firme (11:40 a.m.)
91482
23 de Septiembre de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La revocatoria directa puede cumplirse en cualquier tiempo, inclusive en relación con actos administrativos en firme (artículo 71 del Decreto 1 de 1984), recordó la Sección Cuarta del Consejo de Estado. En este sentido, precisó que, en la actualidad, la tesis de la Sala Plena y de las secciones es unívoca al señalar que en dos eventos no es necesario el consentimiento del titular del derecho para revocar un acto administrativo particular: cuando es el resultado de la aplicación del silencio administrativo positivo y se configuran las causales del artículo 69 del Código Contencioso Administrativo y cuando resulta evidente que el acto que se pretende revocar ocurrió por medios ilegales (C. P. Hugo Fernando Bastidas).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!