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Precisan los requisitos para que proceda la exención de IVA en la importación de maquinaria industrial (4:34 p.m.)

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25 de Julio de 2012

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Para que proceda la exención del impuesto sobre las ventas en importaciones prevista en el literal g) del artículo 428 del Estatuto Tributario, es necesario que se trate de la importación ordinaria de maquinaria industrial, que el bien no se produzca en el país, que el uso o destino económico del bien importado sea para el procesamiento o transformación de materias primas y que el importador tenga la calidad de usuario altamente exportador, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. De acuerdo con lo previsto en la Circular Externa 13 del 2003 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, corresponde a dicha entidad certificar la calidad de maquinaria industrial no producida en el país y destinada a la transformación de materias primas.

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