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Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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¿Para quiénes aplica y cómo saber si tiene declaración de renta sugerida?

08 de Agosto de 2019

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La Dian generó como ayuda para los contribuyentes 775.937 declaraciones sugeridas a personas naturales. Se trata de un servicio de facilitación y aprovechamiento de los datos reportados por terceros, que la autoridad tributaria pone a consideración de las personas naturales obligadas a declarar renta por el periodo gravable 2018. (Lea: Inician vencimientos de renta para personas naturales)

 

Esta iniciativa plantea un proceso de interacción entre el contribuyente y la administración; en el que el ciudadano debe terminar de diligenciar y editar los demás campos de la declaración, en caso de que posea otras rentas cedulares. (Lea: Así puede presentar anticipadamente su declaración de renta)

 

Así mismo, la entidad advierte que una vez elaborada de manera definitiva y formalizada la declaración de renta, los valores allí consignados serán avalados con su firma y gozan de presunción de veracidad al tenor de lo dispuesto en el artículo 746 del Estatuto Tributario.

 

¿Dónde consultar si tengo renta sugerida?

En virtud de lo anterior, los contribuyentes pueden consultar en este enlace si la Dian generó una declaración sugerida.

 

Puntos a tener en cuenta

  1. La declaración sugerida es una alternativa editable que le permite al contribuyente conocer el reporte de los terceros (exógena) frente a las casillas de ingresos brutos e ingresos no constitutivos de renta asociados con las cédulas de rentas de trabajo y/o pensiones, además de las retenciones.
  2. Debe terminar de diligenciar y editar los demás campos de la declaración en caso de que posea otras rentas cedulares (capital, no laboral y de dividendos y participaciones).
  3. Debe ingresar la información del patrimonio y editar las rentas exentas y deducciones imputables relacionadas con su realidad económica, si hay lugar a ello.
  4. La declaración sugerida aplica para personas con ingresos provenientes única y exclusivamente, bien sea de la cédula de rentas de trabajo o de la de pensiones, y en ningún caso de la suma de las anteriores.
  5. La declaración sugerida está basada en la información reportada por terceros “Información Exógena" con corte a 2 de Julio de 2019. Si considera que esta información presenta inconsistencias, debe comunicar o requerir a la persona natural o jurídica que la suministró para que realice las correcciones pertinentes, ya que la administración tributaria no puede corregirla directamente.
  6. Si la información contenida en la declaración sugerida no refleja la realidad de su situación tributaria, podrá remitirse a la herramienta programa ayuda renta, para elaborar su declaración con la información que usted disponga.

Esta estrategia aplica para:

  • Las personas naturales con ingresos por concepto de salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos, compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo y, en general, las compensaciones por servicios personales, los cuales conforman la cédula de rentas de trabajo (artículos 103, 335 y 336 del Estatuto Tributario vigencia 2018).

 

  • Las personas naturales que pertenecen a la Cédula de Rentas de Pensiones (artículo 337 del Estatuto Tributario vigencia 2018), se incluyen en esta cédula los ingresos de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como aquellas provenientes de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o las devoluciones de saldos de ahorro pensional, obtenidos de conformidad con la legislación colombiana.

 

*Con información de la Dian.

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