Para efectos de renta, los ingresos por servicios prestados desde Colombia a un residente en el exterior no son rentas de fuente extranjera (10:00 a.m.)
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10 de Octubre de 2011
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Los ingresos provenientes de servicios prestados desde Colombia a un residente en el exterior no son rentas de fuente extranjera. Por lo tanto, no se pueden descontar del impuesto sobre la renta a pagar en Colombia los impuestos pagados en el exterior, conforme con lo establecido en el artículo 254 del Estatuto Tributario, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Son ingresos de fuente nacional, entre otros, los provenientes de la prestación de servicios dentro del territorio colombiano, sin importar si su beneficiario está en el exterior o sin que importe que dichos servicios se presten desde Colombia hacia el exterior.
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