06 de Octubre de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Mecanismos de participación de la Ley 388 de 1997 no aplican a definición del cobro de valorización (3:00 p.m.)

09 de Noviembre de 2012

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Nota:
84363
La participación democrática prevista en el artículo 4º de la Ley 388 de 1997 está referida al procedimiento que se adelanta para definir y desarrollar las acciones urbanísticas con las que se ejerce el ordenamiento territorial, pero no tiene aplicación en las actividades relacionadas con la determinación del costo de las obras y su cobro por medio de la contribución de valorización. En el caso concreto, el Consejo de Estado señaló que si bien el cobro de la valorización para el Distrito Capital, establecida en el Acuerdo 180 de 2005, se fundamenta en las obras previstas en el POT de Bogotá, este no hace parte de la regulación prevista en la mencionada ley, es decir, no puede entenderse como una acción urbanística propiamente dicha. En conclusión, la Ley 388 establece como una acción urbanística la realización de las obras, pero la determinación de su costo y su cobro por medio de la contribución de valorización hace parte de una regulación especial, prevista para el caso del Distrito Capital en el Acuerdo 7 de 1987 (C.P. Martha Teresa Briceño).

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