Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Los procedimientos de cobro coactivo deben seguir las reglas fijadas en el Estatuto Tributario (4:34 p.m.)

73286

27 de Abril de 2011

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Según el artículo 5° de la Ley 1066 del 2006, las entidades públicas que ejercen jurisdicción coactiva deben seguir el procedimiento descrito en el Estatuto Tributario (ET). Por esta razón, el Consejo de Estado advirtió que los procedimientos de cobro coactivo deben seguir las reglas fijadas en ese estatuto. En esa medida, la notificación del acto que resuelve las excepciones contra el mandamiento de pago debe ceñirse a las previsiones del artículo 565 del ET. De no ser así, se desconocería el debido proceso. Por otra parte, el alto tribunal precisó que el acto que niega la solicitud de levantamiento de medidas cautelares no tiene control ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, por lo que es procedente su estudio por vía de tutela (C.P. Mauricio Torres Cuervo).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)