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Listo texto del fallo que avaló que los tenedores de inmuebles públicos a título de concesión sean sujetos pasivos del impuesto predial (8:35 a.m.)

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23 de Febrero de 2012

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La Corte Constitucional publicó el texto del fallo que declaró exequible un aparte del artículo 54 de la Ley 1430 del 2011 (reforma tributaria), con el que se califica a los tenedores de inmuebles públicos a título de concesión como sujetos pasivos del impuesto predial. Según la Corte, no se afectaban los principios de equidad, igualdad y justicia tributaria, pues no puede compararse los tenedores corrientes con los concesionarios. Esto por cuanto los tenedores concesionarios obtienen un provecho económico con la explotación del bien. Además, el legislador goza de amplia libertad en materia tributaria para establecer los tributos que considere necesarios, sin que ello afecte la confianza legítima y el principio de buena fe frente a los administrados (M.P. Mauricio González Cuervo).

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