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Falta de citación de norma es una causal de expedición irregular del acto administrativo por insuficiente motivación (8:46 a.m.)

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03 de Julio de 2012

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La falta de citación de una norma en un acto administrativo no encaja en la causal de falsa motivación, sino en la de expedición irregular por insuficiente motivación, recordó la Sección Cuarta del Consejo de Estado. En el caso concreto, la corporación negó la nulidad de un acuerdo expedido por el Concejo de Santa Marta, en el que se señalaron las normas constitucionales y legales que lo facultan para regular tributos, pero no se incluyó la disposición concreta sobre la expedición de tarifas de los trámites de tránsito (artículo 168 de la Ley 769 del 2002). En opinión del alto tribunal, aunque esta es una norma importante, la omisión de su incorporación no afecta la legalidad del acuerdo, pues aun cuando se hubiera invocado, la regulación habría sido la misma. Además, como las normas generales fueran mencionadas, tampoco se debe anular, pues la entidad territorial estaba expresamente facultada por la Constitución para fijar dichas tarifas (C.P. Martha Teresa Briceño).

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