Enajenación de títulos colombianos hecha en el exterior entre no residentes no genera efectos fiscales en Colombia (2:48 p.m.)
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19 de Abril de 2011
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La enajenación de títulos de contenido crediticio emitidos en Colombia y expresamente señalados en el artículo 56 de la Ley 1430 del 2010 (reforma tributaria) realizada en el exterior entre no residentes no genera efectos fiscales en el país, pues no se consideran bienes poseídos acá, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en reciente oficio. La ley mencionada derogó el numeral 5 del artículo 266 del Estatuto Tributario, sobre bienes no poseídos en Colombia. Sin embargo, resulta aplicable en este caso la adición hecha por el artículo 56, precisó la entidad.
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