Emplazamiento para corregir se puede notificar en cualquier tiempo, mientras no esté en firme la declaración (8:30 a.m.)
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13 de Marzo de 2013
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El artículo 65 de la Ley 6 de 1992, sobre corrección provocada por emplazamiento o pliego de cargos, habilitó al contribuyente, responsable o agente retenedor para corregir las declaraciones tributarias una vez vencido el término de corrección general, es decir, dos años siguientes al vencimiento del plazo para declarar. Por lo tanto, no es que el emplazamiento se deba notificar dentro de estos dos años, sino que la corrección se puede efectuar transcurrido dicho término, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Así las cosas, el emplazamiento se puede notificar en cualquier tiempo, inclusive vencidos los dos años en mención, siempre y cuando no haya operado la firmeza de la declaración. La entidad revocó los conceptos 6484 de 1999 y 17652 del 2000.
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