El impuesto de industria y comercio sobre actividades relacionadas con energía eléctrica está regulado de manera íntegra por la Ley 56 de 1981 y la 383 de 1997 (4:34 p.m.)
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04 de Noviembre de 2011
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El impuesto de industria y comercio sobre las actividades de generación, transformación, distribución y comercialización de energía eléctrica se encuentra regulado de manera íntegra en los artículos 7° de la Ley 56 de 1981 y 51 de la Ley 383 de 1997, que establecen la jurisdicción en donde se grava el impuesto, los hechos generadores, los sujetos pasivos y activos y las bases gravables. El Consejo de Estado recordó que por esta razón las disposiciones mencionadas se aplican de preferencia sobre la Ley 14 de 1983. De esta forma, anuló varias disposiciones contenidas en un acuerdo municipal que fijaban tarifas para cobrar este gravamen, pues contradecían los mandatos legales (C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).
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