Ejecutivo puede aplicar efectos impositivos a las NIIF, pero no crear impuestos: Corte Constitucional (3:35 p.m.)
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13 de Diciembre de 2012
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El Presidente de la República puede aplicar el carácter impositivo a las normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información cuando las tributarias no lo hagan, como lo señala el artículo 4º de la Ley 1314 del 2009, sostuvo la Corte Constitucional en el fallo que declara exequible la norma y que acaba de ser publicado. Para la Sala Plena, esta facultad conferida al Ejecutivo no viola la reserva de ley, pues, a su juicio, no se le autoriza para crear nuevos tributos, sino para aplicar los reglamentos que regulen el funcionamiento de las NIIF (M.P. Mauricio González Cuervo).
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