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Dian propone cancelar el RUT de contribuyentes inactivos

La propuesta se aplicaría a todos los inscritos en el RUT, salvo las excepciones establecidas en normas vigentes.
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14 de Febrero de 2025

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) publicó para comentarios un proyecto de resolución que buscaría establecer los requisitos y condiciones para cancelar de oficio la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) por inactividad tributaria. La propuesta se aplicaría a todos los inscritos en el RUT, salvo las excepciones establecidas en normas vigentes.

Según el documento, la cancelación se efectuaría cuando concurran cuatro causales: la falta de actualización en la base de datos del RUT durante cinco años, la ausencia de presentación de declaraciones en el mismo periodo, la inexistencia de recibos de pago en las bases de datos de la Dian y la falta de registros en la información reportada por terceros. Se excluirían de este proceso las personas fallecidas, las entidades liquidadas o aquellas cuya personería jurídica haya sido cancelada. (Lea: Dian refuerza control sobre facturación electrónica)

En este sentido, la Dian buscaría depurar el registro de contribuyentes inactivos y mejorar el control sobre las obligaciones fiscales. Sin embargo, quienes sean objeto de la cancelación podrán solicitar la reactivación de su RUT en cualquier momento si desean cumplir nuevamente con sus compromisos tributarios.

Dado el impacto que esta medida podría tener en distintos sectores económicos, la entidad invita a ciudadanos, empresas y gremios a enviar sus comentarios antes del 19 de febrero del 2025.

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