Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Corte respaldó exención tributaria a pensionados cuya mesada sea igual o menor a 1.000 UVT (3:01 p.m.)

73572

20 de Mayo de 2011

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Corte Constitucional declaró exequible el numeral 5 del artículo 206 del Estatuto Tributario, que fija una exención tributaria a favor de los pensionados cuya mesada sea igual o menor a 1.000 unidades de valor tributario (UVT). La sala señaló que no existe vulneración al principio de igualdad por no hacer extensivo el beneficio a los trabajadores, pues aunque los empleados y pensionados deban declarar renta, su situación no es equiparable. La confrontación no es posible porque la base gravable del impuesto y de las exenciones proviene de diversa fuente: en el caso de los trabajadores, de la relación laboral y en el caso de los pensionados, del subsistema de seguridad social de pensiones. Además, en la Constitución se ordena al Estado brindar especial protección a la seguridad social. Finalmente, las pensiones favorecen a sujetos especialmente protegidos por el constituyente, como lo son las personas de la tercera edad, los discapacitados y los menores de edad (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)