Contratos de obra con universidades públicas están sujetos a la contribución del 5% prevista en la Ley 1106 (12:48 p.m.)
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08 de Junio de 2010
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Los contratos de obra pública que celebren las personas naturales o jurídicas con los entes universitarios oficiales están sometidos a la contribución del 5% sobre el valor del contrato o adición que contempla el artículo 6 de la Ley 1106 del 2006. Así lo señaló recientemente la DIAN, en un concepto que recuerda que la autonomía universitaria prevista en la Constitución Política no significa que tales instituciones están exoneradas de todo punto de contacto con el Estado o que no se admita el control fiscal que sobre ellas debe ejercer la Contraloría General de la República, por manejar recursos públicos.
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