Contrato de prestación de servicios extendido en idioma extranjero requiere adjuntar traducción oficial, para efectos de exención del IVA (3:21 p.m.)
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04 de Junio de 2012
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Para que un contrato extendido en idioma extranjero pueda apreciarse como prueba, para efectos de la exención del impuesto sobre las ventas prevista en el artículo 481 del Estatuto Tributario, sobre servicios prestados en el país en desarrollo de un contrato escrito y que se utilicen exclusivamente en el exterior, es necesario que junto con la copia del contrato se allegue la traducción oficial, que dé certeza en relación con su contenido, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Las disposiciones sobre pruebas no son exigibles solo en procesos judiciales, pues también aplican por remisión en materias administrativas, recordó la entidad.
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