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Tributario


Contadores no deben certificarse sobre NIIF, pero sí actualizarse

Mientras se mantengan en ejercicio activo, deben considerarse permanentemente obligados a actualizar sus conocimientos.
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25 de Septiembre de 2015

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Los contadores públicos en Colombia no están obligados a obtener una certificación específica respecto a los estándares internacionales de información financiera, pero, de acuerdo con las actuales circunstancias, el ejercicio de la profesión requiere la actualización profesional para poder aplicar los nuevos marcos técnicos normativos.

 

Según el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, dentro de las 16 funciones mencionadas en el artículo 33 de la Ley 43 de 1990, Ley 1314 del 2009 y en el artículo 1° del Decreto 3567 del 2011 no está la de sugerir o avalar entidades certificadoras.

 

El artículo 37.7 de la Ley 43 de 1990 indica que estos profesionales, mientras se mantengan en ejercicio activo, deben considerarse permanentemente obligados a actualizar los conocimientos necesario para su actuación profesional.

 

(CTCP, Concepto 710, 9/10/2015)

 

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