Consejo de Estado reitera eventos en los que se desvirtúa la presunción de veracidad de las declaraciones tributarias (12:56 p.m.)
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14 de Diciembre de 2012
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Sobre la presunción de veracidad de las declaraciones tributarias, el Consejo de Estado señaló que tiene dos características: la primera es la presunción legal y, por ende, desvirtuable; mientras que la segunda establece una carga de la prueba para la administración que se invierte automáticamente, a cargo del contribuyente, una vez se haya solicitado una comprobación especial o que la ley exija. Por otra parte, según el artículo 236 del Estatuto Tributario, se exige la comprobación especial a cargo del contribuyente cuando se presenta una diferencia patrimonial entre dos periodos anuales consecutivos (C.P. Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez).
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