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Consejo de Estado precisa cómo se determina la sujeción al impuesto de industria y comercio (11:22 a.m.)

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21 de Junio de 2012

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El Consejo de Estado precisó que para determinar la sujeción al impuesto de industria y comercio (ICA) debe comprobarse que los ingresos gravados percibidos por el sujeto pasivo provengan de la actividad industrial a través de la comercialización y, luego, establecer el valor que proviene de la prestación de servicios. De esta forma, el alto tribunal confirmó que cuando se ejerza la actividad comercial en municipios distintos a donde se tiene la planta fabril se debe pagar el ICA en cada uno de ellos, siempre que se trate de artículos no fabricados, procesados o transformados por su industria (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).

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