Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Compensación de obligaciones fiscales prevista en la Ley 344 de 1996 es aplicable a las conciliaciones extrajudiciales (10:53 a.m.)

65855

21 de Abril de 2010

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El artículo 29 de la Ley 344 de 1996, que permite la compensación de las obligaciones fiscales del particular beneficiario de una decisión judicial cuando como consecuencia de la misma la Nación o uno de los órganos del presupuesto general resulten obligados a cancelar una suma de dinero, es aplicable a las conciliaciones extrajudiciales, pues las finalidades de estas son las mismas de la conciliación judicial, que buscan solucionar conflictos de forma definitiva y preservar los intereses del Estado. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto del 16 de marzo.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)