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Capacitación de las escuelas de vigilancia y seguridad privada no está excluida del impuesto sobre las ventas (8:00 a.m.)

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28 de Abril de 2011

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Las escuelas de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada no están comprendidas dentro de lo que el Decreto 4904 del 2009 determinó como instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano. Por lo tanto, el servicio que prestan dichas academias no se puede excluir del impuesto sobre las ventas, de acuerdo con lo previsto en el numeral 6 del artículo 476 del Estatuto Tributario. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en reciente oficio, por el que confirmó el Concepto 43371 del 2010.

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