Beneficios para familias con hijos en situación de discapacidad irá a último debate
30 de Mayo de 2024
Ante la Secretaría General del Senado de la República radicaron la ponencia para el cuarto y último debate al proyecto de ley 018/22C-313/23S, que busca armonizar la normativa vigente en materia tributaria respecto a las familias con hijos dependientes o en situación de discapacidad.
La iniciativa pretende armonizar los fallos de la Corte Constitucional con la legislación sobre seguridad social y el concepto contemporáneo de familia, en cuanto a las personas dependientes, aplicando beneficios tributarios como la reducción en el impuesto sobre la renta. (Lea: Minsalud debe adoptar política que permita a cuidadores de familiares asumir esta labor sin limitaciones).
Según la legislación colombiana, la obligación de un padre de familia con sus hijos se extiende hasta los 18 años o hasta los 25 años, siempre y cuando el padre esté financiando los estudios de su hijo en una institución formal de educación superior. (Lea: Calidad de padre cabeza de familia no es requisito para pensión especial de vejez por hijo en situación de discapacidad)
Así mismo, la ley prevé beneficios como deducciones en materia del impuesto sobre la renta para los padres de familia que aún tengan hijos dependientes, con la diferencia que para acceder a este descuento solo lo pueden hacer quienes tengan hijos dependientes hasta los 23 años, o los adultos que tengan a su cargo hijos en situación de discapacidad menores de 18 años o mayores de los 23.
Lo anterior plantea una brecha donde los padres de familia con hijos entre los 23 y 25 años pueden tener obligaciones con el joven, pero sin la posibilidad de acceder a una deducción en los ingresos brutos, con lo cual bajaría la base gravable para el cálculo del impuesto a la renta; del mismo modo, quedan sin cobertura los padres con hijos en condición de discapacidad entre los 18 y 23 años. (Lea: EPS vulneran derechos del paciente cuando demoran u obstaculizan autorizar evaluaciones por juntas interdisciplinarias)
Para enmendar esta disparidad, el proyecto en cuestión propone cambios a los numerales 2 y 3 del parágrafo 2º del Estatuto Tributario, que, de aprobarse la iniciativa, quedarían así:
- Los hijos del contribuyente con edad entre 18 y 25 años, cuando el padre o madre contribuyente persona natural se encuentre financiando su educación en instituciones formales de educación superior certificadas por el ICFES o la autoridad oficial correspondiente; o en los programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autoridad competente.
- Los hijos del contribuyente mayores de 18 años que se encuentren en situación de dependencia originada en factores físicos o sicológicos que sean certificados por el Ministerio de Salud y Protección Social o la entidad determinada por las normas vigentes.
Adicionalmente, la iniciativa modificaría el párrafo 2 del artículo 387 del Estatuto Tributario con el fin de establecer al Ministerio de Salud como la entidad encargada de certificar la condición de dependencia originada por factores físicos y sicológicos y no Medicina Legal, como actualmente estipula la ley. (Lea: Precisan dependencia económica de los padres como beneficiarios de la pensión de sobrevivientes)
Con este proyecto el Congreso busca aliviar las cargas, especialmente de las familias de medianos ingresos, que son unas de las que más tributan en el país. “El Estado debe ser solidario y equitativo con sus necesidades. Desde el Congreso buscaremos acelerar el tránsito de esta propuesta para que los colombianos puedan acceder prontamente a este beneficio”, puntualizó el autor de la iniciativa, el representante a la Cámara, Julián Peinado.
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