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Tributario


Admiten demanda de nulidad contra norma que reglamentó retefuente para independientes

El Consejo de Estado no accedió a la petición de suspensión provisional formulada por la demandante.
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16 de Julio de 2012

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La Sección Cuarta del Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad contra las expresiones “y es requisito para el pago o abono en cuenta al contratista” y “en todos los casos”, contenidas en el artículo 1° del Decreto 3590 del 2011, que regula la aplicación de la tabla de retención en la fuente para trabajadores independientes.

 

Según la demandante, la disposición contraría los artículos 189 de la Constitución, 173 de la Ley 1450 del 2011 (Plan Nacional de Desarrollo 2011 – 2014), 392 del Estatuto Tributario y 1602 del Código Civil, por lo que debía ser retirada del ordenamiento jurídico.

 

De igual forma, solicitó que las expresiones fueran suspendidas provisionalmente, toda pues desconocen abiertamente el artículo 173 mencionado. Sin embargo, la corporación no accedió a esta petición.

 

Cabe recordar que la norma reglamentada fue derogada por el artículo 13 de la Ley 1527 del 2012 (Ley de la Libranza).

 

(Consejo de Estado, Sección Cuarta, Auto 11001032700020110003500 (19114), jun. 12/12, C. P. Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez)

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