Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Reglamentan limitante para que proceda deducción de gastos por concepto de intereses (9:11 a.m.)

93557

31 de Diciembre de 2013

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio del Decreto 3027 del pasado 27 de diciembre, reglamentó el artículo 118-1 del Estatuto Tributario (adicionado por la Ley 1607 del 2012), que incluye una limitante para la procedencia de la deducción de gastos por concepto de intereses dentro del capítulo de normas antievasión. Entre otros aspectos, la norma indica que el monto total promedio de las deudas se determinará teniendo en cuenta la permanencia, base y ponderación. En caso de existir amortizaciones o pagos parciales, la identificación de estos elementos se hará en forma separada para cada tramo del saldo por pagar, como si se tratara de deudas independientes. Así mismo, precisó que la limitante no aplicará en el año de constitución de las personas jurídicas, por no existir patrimonio líquido del año inmediatamente anterior al de constitución, sin perjuicio de los antecedentes jurisprudenciales relativos al abuso en materia tributaria.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)