Reembarque de mercancías almacenadas en zona franca no es viable (8:00 a.m.)
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16 de Abril de 2015
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En aplicación del artículo 306 del Decreto 2685 de 1999, no es viable el reembarque de mercancías almacenadas en zona franca, toda vez que las mercancías así introducidas se consideran fuera del territorio aduanero nacional, para efectos de los impuestos a las importaciones y a las exportaciones, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Frente al reaprovisionamiento de mercancías extranjeras para la travesía hasta el destino final, señaló que no es posible respecto de aquellas que están almacenadas en zona franca, pues la operación implica la salida de mercancías para el exterior o para una zona franca, es decir, no se trata de mercancías extranjeras que están almacenadas en una zona franca o en un depósito aduanero.
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