Recuerdan que notificación por aviso es supletoria de la que se hace por correo (2:48 p.m.)
93127
02 de Diciembre de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
El Consejo de Estado recordó que las actuaciones administrativas tributarias, como la liquidación oficial de revisión, deben notificarse por correo o personalmente. En el caso analizado, la corporación indicó que el artículo 14 del Decreto 523 de 1999, expedido por el municipio de Cali, señala que las actuaciones notificadas por correo que sean devueltas por cualquier razón deben notificarse mediante aviso en un periódico de amplia circulación local (C. P. Carmen Teresa Ortiz).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!