Procuraduría pidió condicionar norma que fija la base del impuesto al patrimonio (10:53 a.m.)
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25 de Abril de 2011
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La sumatoria de los patrimonios líquidos de las sociedades escindidas y beneficiarias, y de las sociedades anónimas simplificadas con los de sus constituyentes para la determinación de la base gravable del impuesto al patrimonio, debe regir a partir del 29 de diciembre del 2010, fecha de la entrada en vigencia de la Ley 1430 del 2010. Así lo señaló la Procuraduría General al pedirle a la Corte Constitucional que condicione la exequibilidad del artículo 10 de dicha norma. El Ministerio Público dijo además que debe entenderse que solo responden solidariamente por el impuesto al patrimonio de las sociedades por acciones simplificadas los socios que las constituyeron en el año 2010 y que enajenaron su participación ese mismo año, si la enajenación no fue real y material al 1 de enero del 2011, sino ficticia o simulada.
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