Precisan la aplicación de la nueva tabla de retefuente para trabajadores independientes (5:22 p.m.)
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02 de Octubre de 2012
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La tabla prevista en el artículo 13 de la Ley 1527 del 2012 (Ley de la Libranza), sobre retención en la fuente para trabajadores independientes, debe aplicarse a los pagos o abonos en cuenta por concepto de prestación de servicios cuya sumatoria mensual a cargo del respectivo agente de retención sea superior a 100 UVT y menor a 300 UVT, efectuados a independientes pertenecientes al régimen simplificado o que cumplan los topes y condiciones de este régimen, cuando no sean responsables del impuesto sobre las ventas, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
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