Obligaciones previstas en las normas aduaneras cuando aumenta el valor de los activos totales se ajustan a las finalidades del régimen franco (10:21 a.m.)
66972
30 de Junio de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
El parágrafo 3 del artículo 393-24 del Decreto 2685 de 1999 establece las obligaciones de los usuarios industriales y comerciales cuando se aumente el valor de los activos totales, en el sentido de señalar que en este evento deberán reajustarse los compromisos de empleo y/o inversión, según corresponda, por lo que la norma es clara y obedece a las finalidades establecidas por la Ley 1004 del 2005 para el régimen franco, cuyo objeto es ser instrumento para la generación de empleo y la captación de nuevas inversiones, precisó recientemente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. La entidad recordó que no es viable jurídicamente modificar los objetivos y finalidades del régimen mencionado, a través de interpretación doctrinal.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!