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Obligaciones previstas en las normas aduaneras cuando aumenta el valor de los activos totales se ajustan a las finalidades del régimen franco (10:21 a.m.)

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30 de Junio de 2010

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El parágrafo 3 del artículo 393-24 del Decreto 2685 de 1999 establece las obligaciones de los usuarios industriales y comerciales cuando se aumente el valor de los activos totales, en el sentido de señalar que en este evento deberán reajustarse los compromisos de empleo y/o inversión, según corresponda, por lo que la norma es clara y obedece a las finalidades establecidas por la Ley 1004 del 2005 para el régimen franco, cuyo objeto es ser instrumento para la generación de empleo y la captación de nuevas inversiones, precisó recientemente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. La entidad recordó que no es viable jurídicamente modificar los objetivos y finalidades del régimen mencionado, a través de interpretación doctrinal.

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