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Obligaciones del impuesto nacional al consumo rigen desde la vigencia de la reforma tributaria (4:40 p.m.)

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05 de Julio de 2013

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Si bien los artículos 71 y siguientes de la Ley 1607 del 2012 (reforma tributaria) determinan en forma expresa que el impuesto nacional al consumo rige a partir del 1º de enero del 2013, con los conceptos y tarifas allí establecidos, no señalan nada respecto al plazo o periodo de gracia para su implementación. Por lo tanto, los responsables deben cumplir las obligaciones relacionadas con el tributo desde el momento de su vigencia (26 de diciembre del 2012). Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto publicado en el Diario Oficial 48.831 del pasado 24 de junio.

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