Notificaciones en el sitio web de la DIAN se refieren solo a materias tributaria, contable y cambiaria (4:18 p.m.)
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03 de Octubre de 2013
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La medida prevista en los artículos 58 y 62 del Decreto 19 del 2012 (Decreto-Ley Antitrámites), según la cual las notificaciones devueltas por correo en materia tributaria y aduanera y la notificación mediante aviso cuando no haya sido posible establecer la dirección del investigado en materia cambiaria deben publicarse en el portal web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en provecho a los avances tecnológicos, no puede hacerse extensiva por vía de interpretación a otras materias. Así lo precisó la entidad, en concepto de agosto.
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